USCIS
CATALINA RUIZ PARRA
03 DE OCTUBRE DE 2017 1:16 PM
Trabajar legalmente en los Estados Unidos es el sueño de todos los inmigrantes que año tras año llegan a este país.
Quienes tienen la posibilidad de hacerlo, se enfrentaban a un trámite que, hasta el lunes, requería de dos procedimientos por separado: solicitar un permiso de trabajo o Documento de Autorización de Empleo (EAD) y un Número de Seguro Social (SSN).
El EAD les permite a los extranjeros trabajar legalmente en los EEUU por un periodo específico y el SNN es usado para reportar los ingresos al gobierno y para determinar la elegibilidad para determinados beneficios.
La buena noticia es que a partir de 2 de octubre del 2017 este procedimiento se simplificará en un solo procedimiento.
La Oficina de Servicios de Inmigración y Ciudadanía (USCIS) informó que a partir de ahora quienes soliciten el permiso de trabajo a través del formulario I-765 ya no tendrán que realizar el trámite para pedir el Número de Seguro Social.
“Los trabajadores extranjeros en ciertas categorías o clasificaciones pueden ahora solicitar una autorización de trabajo y un número de seguro social usando un solo formulario”, aseguró la entidad en un comunicado.
Nuevo Formulario de USCIS Agiliza el Proceso para Obtener un EAD y un Número de Seguro Social Simultáneamente https://t.co/LcGFKak78J
— USCIS Español (@USCIS_es) October 2, 2017
Esto quiere decir que el formulario I-765 incluye ahora preguntas adicionales que permiten a los solicitantes pedir un SSN o reemplazar su tarjeta sin tener que visitar una oficina de la Administración de Seguro Social (SSA).
“En adelante, los solicitantes que reciban sus EAD aprobados de parte de USCIS deben recibir su tarjeta de Seguro Social de parte de SSA dentro de las próximas dos semanas”, aclaró USCIS.
Las personas que no reciban la tarjeta de seguro social deberán comunicarse con SSA al 1-800-772-1213 y no con USCIS.
¿Quiénes no deben solicitar un permiso de trabajo?
Usted no debe solicitar el permiso de trabajo (EAD) si es un residente legal permanente. La Tarjeta Verde o Tarjeta de Residente Permanente es la evidencia de la autorización de empleo.
Tampoco tienen que solicitarlo las personas con visa de No Inmigrante con autorización para trabajar para un empleador específico, como la H-1B (para profesionales con trabajos especializados), la L-1B (transferencia dentro de una misma empresa de profesionales especializados), O (individuos con habilidades o logros extraordinarios) y P (extranjeros que son reconocidos internacionalmente como atletas y artistas).
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Fuente:elnuevoherald