Contáctenos al: +1 954.296.2692
ocraev@gmail.com
Apostilla ExpressApostilla ExpressApostilla ExpressApostilla Express
  • Quiénes Somos
  • Nuestros Sevicios
    • ¿Qué hacemos en Apostilla Express?
    • Servicio de Apostilla
    • Servicio de Notarias
    • Servicio de Traducciones
  • Preguntas y Respuestas Frecuentes
  • Embajadas y Consulados
  • Noticias
  • Contacto
Next Previous

Estados Unidos presenta demoras en el procesamiento de solicitud de asilo

Actualmente, el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS) experimenta demoras en emitir las notificaciones de recibo del Formulario I-589, Solicitud de Asilo y de Suspensión de Remoción. Debido a estas demoras, es posible que no reciba una notificación de recibo de manera oportuna después de presentar apropiadamente su Formulario I-589. Con el propósito de cumplir con la fecha límite del plazo de presentación de un año, las prioridades de programación de entrevistas de asilo afirmativo, y la elegibilidad a un Documento de Autorización de Empleo basado en una solicitud de asilo pendiente, la fecha de presentación seguirá siendo la fecha en que se recibió el Formulario I-589 debidamente presentado (no la fecha en que fue procesado). Si no presentó apropiadamente su solicitud, el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS) la rechazará y anotará cualquier deficiencia en su presentación de solicitud. Si no recibe su notificación de recibo oportunamente, por favor, no presente múltiples Formularios I-589, ya que esto podría retrasar aún más su caso.

Presentar apropiadamente su Formulario I-589 permitirá al el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS) procesar su formulario con menos demoras. Por favor, revise los recordatorios a continuación para asegurarse de que presenta su Formulario I-589 apropiadamente:

  • Debe presentar su solicitud de asilo dentro del plazo de un año a partir de su llegada a Estados Unidos (plazo de presentación de un año), a menos de que pueda demostrar que hay cambios en las circunstancias que afectaron de manera considerable su elegibilidad para asilo o que existen circunstancias extraordinarias relacionadas directamente con el que usted incumpliera con la presentación de la solicitud en el plazo de un año.
  • Debe escribir a máquina o a manuscrito sus respuestas en tinta negra.
  • Debe proporcionar la información específica solicitada acerca de usted y su familia, y responder todas preguntas del formulario. Si alguna pregunta no le aplica a usted o no conoce la información solicitada, escriba “none” (ninguno), “not applicable” (no aplica) o “unknown” (desconocido).
  • Si presenta su solicitud y a esta le falta información, puede que se la devolvamos como incompleta.
  • Se le recomienda adjuntar declaraciones escritas y documentos adicionales que le apoyen su solicitud. Sus declaraciones escritas deben incluir eventos, fechas y detalles de sus experiencias relacionadas con su peticiona de asilo.
  • Escriba su Número de Registro de Extranjero (A-Number), si lo tiene, su nombre (exactamente como aparece en la Parte A.I. del formulario), la fecha, y su firma en cada página suplementaria y en la página principal de cualquier documento de apoyo.
  • Siga las instrucciones de la sección “Dónde Presentar la Solicitud” en la página web del Formulario I-589 para determinar dónde debe presentar su Formulario I-589.
  • Si usted solicita asilo como un afgano que tiene permiso humanitario bajo Operación Bienvenidos Aliados, revise la página de Preguntas Frecuentes Relacionadas con Asilo para Afganos con Permisos Humanitarios bajo Operación Bienvenidos Aliados (OAW).

Tenga en cuenta: No envíe ningún Formulario I-589 al Centro de Servicio de Vermont (VSC). Actualmente, el VSC no procesa los Formularios I-589 y enviar su Formulario I-589 al VSC resultará en demoras adicionales.

El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos continuará experimentando demoras en la emisión de recibos en otras cargas de trabajo en algunos centros de servicios. Estamos trabajando diligentemente para reducir dichas demoras en todos tipos de formularios de USCIS y nos comprometemos a proporcionar notificaciones de recibo en una manera oportuna.

Fuente: El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos

Compártelo:

  • Haz clic para compartir en Twitter (Se abre en una ventana nueva)
  • Haz clic para compartir en Facebook (Se abre en una ventana nueva)

Relacionado

Leave a Comment

Cancelar la respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Entradas recientes

  • Nueva regla amenaza con dejar a miles de estudiantes extranjeros sin beneficios migratorios
  • La Pérdida de Acreditación de ACICS Puede Afectar a Ciertos Estudiantes que Solicitan Estudios del Idioma Inglés y a los Solicitantes de Programas de Extensión de STEM OPT de 24 Meses, H-1B e I-140
  • ¿Cuáles son los efectos de las Apostillas?
  • USCIS Solo Considerará Solicitudes CW-1 Aprobadas y con Fecha de Comienzo Inicial En o Después del 18 de Junio de 2020, al Aplicar el Requisito de Salida Temporal
  • ¿A qué documentos se aplica la Apostilla?

Comentarios recientes

    Archivos

    Categorías

    • Noticias
    • Sin categoría

    • You may also like

      Limitan permisos de trabajo para solicitantes de asilo en EEUU

      Read now
    • You may also like

      Nueva regla amenaza con dejar a miles de estudiantes extranjeros sin beneficios migratorios

      Read now
    • You may also like

      La Pérdida de Acreditación de ACICS Puede Afectar a Ciertos Estudiantes que Solicitan Estudios del Idioma Inglés y a los Solicitantes de Programas de Extensión de STEM OPT de 24 Meses, H-1B e I-140

      Read now
    • You may also like

      USCIS Solo Considerará Solicitudes CW-1 Aprobadas y con Fecha de Comienzo Inicial En o Después del 18 de Junio de 2020, al Aplicar el Requisito de Salida Temporal

      Read now
    • You may also like

      Declaraciones de la Directora de USCIS, Ur. M. Jaddou, Respecto a la Decisión Sobre DACA

      Read now

    En Apostilla Express ofrecemos los servicios de Notario Público, Apostilla y Traducciones. Contamos con más de diez años de experiencia en asuntos consulares, en trámites de Apostillas ante el Departamento de Estado, legalización consular, y traducciones en inglés y español -somos miembros activos de la American Translators Association.

    Nosotros no somos una empresa de abogados, ni tenemos licencia para ejercer la abogacía en el estado de Florida y no podemos dar ningún tipo de asesoramiento o consejo legal, ni aceptar honorarios por servicios jurídicos o legales.

    Copyright 2018 @Apostilla Express | All Rights Reserved

    • ¿Qué hacemos en Apostilla Express?
    • Autorización de Viaje para Menores de Edad
    • Cart
    • Censo de Pensionados
    • Constancia de Fe de Vida
    • Consular Procedures
    • Contacto
    • Embajadas y Consulados
    • Embassies and Consulates
    • FAQs
    • Fe de Vida
    • Home
    • Members
    • My account
    • Noticias
    • Nuestros Servicios
    • Opción 2
    • Option 1
    • Option 2
    • Preguntas y Respuestas Frecuentes
    • Quiénes Somos
    • Registro de Defunción
    • Registro de Matrimonio
    • Registro de Nacimiento
    • Registro de Poderes y Autenticaciones
    • Renovación/Expedición Pasaporte
    • Servicio de Apostilla
    • Servicio de Notarias
    • Servicio de Traducciones
    • Site-Wide Activity
    • Solicite Una Cotización Gratuita
    • Tramites Consulares
    • Tramites de pasaportes para menores de edad
    • Who We Are
    Apostilla Express