El Convenio sólo se aplica a los documentos públicos.
Será la ley del país donde el documento fue emitido la que determine si un documento es público o no.
Los países aplican generalmente el Convenio a una amplia variedad de documentos. La mayoría de las
Apostillas son expedidas para documentos de naturaleza administrativa, como actas de nacimiento, matrimonio
y defunción; documentos provenientes de una autoridad o un funcionario vinculado a una corte, tribunal o
comisión; constancias de registros comerciales y otros registros; patentes; actas y certificaciones notariales
de firmas; colegios, universidades y otros diplomas académicos expedidos por instituciones públicas.
El Convenio sobre Apostilla no se aplica a documentos expedidos por agentes diplomáticos o consulares.
El Convenio además excluye de su ámbito de aplicación determinados documentos administrativos relacionados
con operaciones mercantiles o aduaneras.
Si no está seguro de que un documento en particular sea un documento público, deberá contactar a la
Autoridad Competente del país que ha emitido el documento.
Fuente: HCCH
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